AYUDAS A PERSONAS EN ESPECIALES CIRCUNSTANCIAS DE EMERGENCIA SOCIAL INCURSAS EN PROCEDIMIENTOS DE DESAHUCIOS O DE EJECUCIÓN, QUE SEAN PRIVADAS DE LA PROPIEDAD DE SU VIVIENDA HABITUAL

Vivienda

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AYUDAS A PERSONAS EN ESPECIALES CIRCUNSTANCIAS DE EMERGENCIA SOCIAL INCURSAS EN PROCEDIMIENTOS DE DESAHUCIOS O DE EJECUCIÓN, QUE SEAN PRIVADAS DE LA PROPIEDAD DE SU VIVIENDA HABITUAL

26/03/2019

Ayudas para el alquiler de vivienda a personas en especiales circunstancias de emergencia social, por haberse visto privadas de la propiedad de su vivienda habitual como consecuencia de una ejecución hipotecaria o por el ejercicio de cualquier otra garantía sobre la misma, o que se hayan visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago (Dación en pago).

Se incluyen los procedimientos de ejecución hipotecaria o daciones en pago que hayan tenido lugar a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, que tuvo lugar el 12 de abril de 2013.

PLAZO DE SOLICITUD:

24/10/2018 - 31/12/2020 (Plazo de solicitud hasta agotar credito establecido).


Las solicitudes tambien se podrán presentar en las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Así mismo, podrán presentarse a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web http://www.andaluciajunta.es El plazo de presentación será el establecido en la convocatoria correspondiente.

MÁS INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN:

Oficina  Municipal  de  la  Vivienda 

de  Villaverde  del  Río 

C/  Polvillo,  2  (  altos  Peña  Bética) 

Horario:  Lunes,  Miércoles  y  Jueves:  9  a  14  h 

Martes:  17  h  a        19’30  h.